martes, 14 de febrero de 2017
CAMARA DE COMERCIO
Desde la antigüedad existían formas primitivas de una organización comercial. En el medio oriente.
La primera asociación de comerciantes en la edad media fue la Universidad de Mercaderes fundadas en 1443 en Burgos España.
La primera cámara de comercio en la edad moderna fue el consulado de cargadores a indias fundado en 1543 en Sevilla España.
En el siglo XVI, no se conoce la fecha exacta en Mérida Yucatán surgió la primera en América llamada Diputación de comercio de Yucatán. Tuvo como objetivo organizar a los comerciantes de la península puerto de Sisal (Yucatán) con la Casa de la Contratación de Indias en el Viejo Continente y con otras regiones del Nuevo Mundo, ya que este puerto era franco o libre de tributo para el comercio por Cédula Real.2 Posteriormente se organizó una más en la ciudad de México en el año de 1581.
Siguieron la de Marsella (Francia) en 1599, Brujas (Bélgica) en 16654 y Glasgow (Reino Unido), establecida en 1783.
Las Cámaras de Comercio ejercerán las siguientes funciones:
1. Servir de órgano de los intereses generales del comercio ante el gobierno y los comerciantes mismos.
2. Adelantar investigaciones económicas sobre aspectos o ramos específicos del comercio interior y exterior y formular recomendaciones a los organismos estatales y semioficiales encargados de la ejecución de los planes respectivos.
3. Llevar el registro mercantil y certificar sobre los actos y documentos en él inscritos, como se prevé en este código.
4. Dar noticia en sus boletines u órganos de publicidad de las inscripciones hechas en el registro mercantil y de toda modificación, cancelación o alteración que se haga de dichas inscripciones.
5. Recopilar las costumbres mercantiles de los lugares correspondientes a su jurisdicción y certificar sobre la existencia de las recopiladas.
6. Designar el árbitro o los árbitros o los amigables componedores cuando los particulares se lo soliciten.
7. Servir de tribunales de arbitramento para resolver las diferencias que les defieran los contratantes, en cuyo caso el tribunal se integrará por todos los miembros de la junta.
8. Prestar sus buenos oficios a los comerciantes para hacer arreglos entre acreedores y deudores, como amigables componedores.
9. Organizar exposiciones y conferencias, editar o imprimir estudios o informes relacionados con sus objetivos.
10. Dictar su reglamento interno que deberá ser aprobado por el Superintendente de Industria y Comercio.
11. Rendir en el mes de enero de cada año un informe o memoria al Superintendente de Industria y Comercio acerca de las labores realizadas en el año anterior y su concepto sobre la situación económica de sus respectivas zonas, así como el detalle de sus ingresos y egresos, y
12. Las demás que les atribuyan las leyes y el Gobierno Nacional.
Servicios:
· Renovar
· Actualizar
· Inscribir
· Cancelar
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· Verificar
· Consultar
· Ayuda
· Capacitación
1. Consulte y realice un listado sobre los requisitos legales para la constitución de una empresa como persona Jurídica y natural.
Documentos necesarios para registrarse como persona natural ante la CCB:
· Original del documento de identidad.
· Formulario del Registro Único Tributario (RUT).
· Formularios disponibles en las sedes de la CCB.
· Formulario de Registro Único Empresarial y Social (RUES)
· Carátula única empresarial y anexos, según corresponda (Persona Natural)
· Formulario de Registro con otras entidades.
Documentos necesarios para registrarse como persona jurídica ante la CCB:
· Original del documento de identidad.
· Formulario del Registro Único Tributario (RUT).
· Formularios disponibles en las sedes de la CCB.
· Formulario de Registro Único Empresarial y Social (RUES)
· Carátula única empresarial y anexos, según corresponda (Persona Natural)
· Formulario de Registro con otras entidades
2. Indague que sociedades requieren para su constitución documento privado o documento público.
Se constituyen por escritura pública las Sociedades Anónimas, las Sociedades Limitadas, las Sociedades Colectivas, las Sociedades en Comandita Simple y las sociedades en Comandita por Acciones. También se deben constituir por escritura pública las sociedades en las cuales se aporta un bien inmueble como parte del capital social.
Se pueden constituir mediante documento privado las sociedades de cualquier tipo o especie, que se constituyan de acuerdo con lo establecido por el artículo 22 de la Ley 1014 de 2006 y las Sociedades por Acciones Simplificadas. Para que sea posible la constitución de las sociedades de la Ley 1014 de 2006, se requiere que al momento de su constitución cuenten con menos de diez (10) trabajadores o con activos totales, excluida la vivienda, por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes. En el acto de constitución, la(s) persona(s) que constituyen este tipo de sociedad deben incluir una declaración en el sentido de que cumplen las previsiones del artículo 22 de la Ley 1014 de 2006, o señalar cuál o cuáles de los requisitos antes mencionados se dan para permitir la creación mediante documento privado.
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