martes, 14 de febrero de 2017

ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL



ÁREA DE PRODUCCIÓN

También llamada área o departamento de operaciones, manufactura o de ingeniería, es el área o departamento de un negocio que tiene como función principal, la transformación de insumos o recursos (energía, materia prima, mano de obra, capital, información) en productos finales (bienes o servicios).

Área de finanzas

Todas las funciones de las finanzas (o del encargado o del área o departamento de las finanzas) en una empresa, se basan en dos funciones principales: la función de inversión y la función de financiamiento.



Inversion funcionamiento

•Buscar opciones de inversión con las que pueda contar la empresa, opciones tales como la creación de nuevos productos, adquisición de activos

•Evaluar dichas opciones de inversión, teniendo en cuenta cuál presenta una mayor rentabilidad, cuál nos permite recuperar nuestro dinero en el menor tiempo posible. 

•Buscar fuentes de financiamiento para la empresa, fuentes tales como préstamos, créditos, emisión de títulos valores, de acciones, etc.

•Evaluar dichas fuentes de financiamiento, por ejemplo, en el caso de adquirir un préstamo o un crédito, evaluar cuál nos brinda mejores facilidades de pago, cuál tiene un menor costo (menor tasa de interés). Y, a la vez, evaluar nuestra capacidad para hacer frente a la adquisición de la deuda.



Área de RRHH
se encarga, además, de organizar los cursos formativos necesarios para que los trabajadores puedan desempeñar su labor de forma óptima y adecuada y que sus conocimientos estén lo más actualizados posible.

EMPRESA COMERCIAL



EMPRESA DE SERVICIOS







EMPRESA MINERA





•Muchas personas piensan que la contabilidad no es más que una obligación legal, pero en realidad mirando de fondo es tan importante porque así es de la única manera que podemos demostrar la solidez de una empresa y conocer su situación económica y además la parte financiera de una empresa es la base, el orden la manera de proveer y estructurar una idea a futuro con estadísticas reales a y veraces de lo que vamos a realizar , en términos generales la parte financiera de cada empresa debe estar bien estructurada por personas idóneas y capaces de llevar a la empresa a tener un desarrollo sostenible y tener una curva de crecimiento siempre.


COMERCIANTES


DEBERES DE LOS COMERCIANTES




REGISTRO MERCANTIL


DISPOSICIONES GENERALES CONSTITUCIÓN Y PRUEBA DE LA SOCIEDAD COMERCIAL.


TRANSFORMACIÓN Y FUSIÓN DE SOCIEDADES

DISOLUCIÓN DE LAS SOCIEDADES

ACTOS, OPERACIONES Y EMPRESAS MERCANTILES

FENÓMENOS SOCIETARIOS




Son los hechos o causas que le pueden ocurrir a una sociedad.

FUSION
sucede cuando dos o más sociedades se unen para funcionar como una sola; por ejemplo, una sociedad de responsabilidad limitada que una su patrimonio con una sociedad anónima daría origen a la fusión. En este caso la primera sería la sociedad fusionada y la segunda la fusionante. La sociedad anónima, la principal, absorbe a la sociedad de responsabilidad limitada.

Ejemplo:

- Telmex y Comcel.

- Une y Tigo.


ESCISIÓN

Se da cuando una sociedad llamada escindente decide extinguirse y divide la totalidad o parte de su activo, pasivo y capital social en dos o más partes, que son aportadas en bloque a otras sociedades de nueva creación denominadas escindidas; o cuando la escindente, sin extinguirse, aporta en bloque parte de su activo, pasivo y capital a otra u otras sociedades de nueva creación.

Ejemplo:

- Motorola.


DISOLUCIÓN
la disolución
origina a la liquidación y que la primera es un acto mientras que la segunda es un procedimiento que culmina con la entrega del haber social a los accionistas.

Ejemplo:

- Sony Ericsson

- Siemens


LA TRANSFORMACIÓN

surge cuando alguna de las sociedades mercantiles reconocidas por la ley puede adoptar cualquier otro tipo legal; por ejemplo, que una sociedad de responsabilidad limitada se transforme en sociedad anónima.

CAMARA DE COMERCIO



Desde la antigüedad existían formas primitivas de una organización comercial. En el medio oriente.

La primera asociación de comerciantes en la edad media fue la Universidad de Mercaderes fundadas en 1443 en Burgos España.

La primera cámara de comercio en la edad moderna fue el consulado de cargadores a indias fundado en 1543 en Sevilla España.

En el siglo XVI, no se conoce la fecha exacta en Mérida Yucatán surgió la primera en América llamada Diputación de comercio de Yucatán. Tuvo como objetivo organizar a los comerciantes de la península puerto de Sisal (Yucatán) con la Casa de la Contratación de Indias en el Viejo Continente y con otras regiones del Nuevo Mundo, ya que este puerto era franco o libre de tributo para el comercio por Cédula Real.2 Posteriormente se organizó una más en la ciudad de México en el año de 1581.

Siguieron la de Marsella (Francia) en 1599, Brujas (Bélgica) en 16654 y Glasgow (Reino Unido), establecida en 1783.


Las Cámaras de Comercio ejercerán las siguientes funciones:

1. Servir de órgano de los intereses generales del comercio ante el gobierno y los comerciantes mismos.

2. Adelantar investigaciones económicas sobre aspectos o ramos específicos del comercio interior y exterior y formular recomendaciones a los organismos estatales y semioficiales encargados de la ejecución de los planes respectivos.

3. Llevar el registro mercantil y certificar sobre los actos y documentos en él inscritos, como se prevé en este código.

4. Dar noticia en sus boletines u órganos de publicidad de las inscripciones hechas en el registro mercantil y de toda modificación, cancelación o alteración que se haga de dichas inscripciones.

5. Recopilar las costumbres mercantiles de los lugares correspondientes a su jurisdicción y certificar sobre la existencia de las recopiladas.

6. Designar el árbitro o los árbitros o los amigables componedores cuando los particulares se lo soliciten.

7. Servir de tribunales de arbitramento para resolver las diferencias que les defieran los contratantes, en cuyo caso el tribunal se integrará por todos los miembros de la junta.

8. Prestar sus buenos oficios a los comerciantes para hacer arreglos entre acreedores y deudores, como amigables componedores.

9. Organizar exposiciones y conferencias, editar o imprimir estudios o informes relacionados con sus objetivos.

10. Dictar su reglamento interno que deberá ser aprobado por el Superintendente de Industria y Comercio.

11. Rendir en el mes de enero de cada año un informe o memoria al Superintendente de Industria y Comercio acerca de las labores realizadas en el año anterior y su concepto sobre la situación económica de sus respectivas zonas, así como el detalle de sus ingresos y egresos, y

12. Las demás que les atribuyan las leyes y el Gobierno Nacional.

Servicios:

· Renovar

· Actualizar

· Inscribir

· Cancelar

· Solicitar

· Verificar

· Consultar

· Ayuda

· Capacitación


1. Consulte y realice un listado sobre los requisitos legales para la constitución de una empresa como persona Jurídica y natural.

Documentos necesarios para registrarse como persona natural ante la CCB:

· Original del documento de identidad.

· Formulario del Registro Único Tributario (RUT).

· Formularios disponibles en las sedes de la CCB.

· Formulario de Registro Único Empresarial y Social (RUES)

· Carátula única empresarial y anexos, según corresponda (Persona Natural)

· Formulario de Registro con otras entidades.

Documentos necesarios para registrarse como persona jurídica ante la CCB:

· Original del documento de identidad.

· Formulario del Registro Único Tributario (RUT).

· Formularios disponibles en las sedes de la CCB.

· Formulario de Registro Único Empresarial y Social (RUES)

· Carátula única empresarial y anexos, según corresponda (Persona Natural)

· Formulario de Registro con otras entidades

2. Indague que sociedades requieren para su constitución documento privado o documento público.

Se constituyen por escritura pública las Sociedades Anónimas, las Sociedades Limitadas, las Sociedades Colectivas, las Sociedades en Comandita Simple y las sociedades en Comandita por Acciones. También se deben constituir por escritura pública las sociedades en las cuales se aporta un bien inmueble como parte del capital social.

Se pueden constituir mediante documento privado las sociedades de cualquier tipo o especie, que se constituyan de acuerdo con lo establecido por el artículo 22 de la Ley 1014 de 2006 y las Sociedades por Acciones Simplificadas. Para que sea posible la constitución de las sociedades de la Ley 1014 de 2006, se requiere que al momento de su constitución cuenten con menos de diez (10) trabajadores o con activos totales, excluida la vivienda, por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes. En el acto de constitución, la(s) persona(s) que constituyen este tipo de sociedad deben incluir una declaración en el sentido de que cumplen las previsiones del artículo 22 de la Ley 1014 de 2006, o señalar cuál o cuáles de los requisitos antes mencionados se dan para permitir la creación mediante documento privado.

ACTIVIDADES MERCANTILES Y NO MERCANTILES.



Son mercantiles para todos los efectos legales:


  1. La adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos en igual forma, y la enajenación de los mismos.
  2. La adquisición a título oneroso de bienes muebles con destino a arrendarlos; el arrendamiento de los mismos; el arrendamiento de toda clase de bienes para subarrendarlos, y el subarrendamiento de los mismos.
  3. El recibo de dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella, para darlo en préstamo, y los préstamos subsiguientes, así como dar habitualmente dinero en mutuo a interés.
  4. La adquisición o enajenación, a título oneroso, de establecimientos de comercio, y la prenda, arrendamiento, administración y demás operaciones análogas relacionadas con los mismos.
  5. La intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales, los actos de administración de las mismas o la negociación a título oneroso de las partes de interés, cuotas o acciones.
  6. El giro, otorgamiento, aceptación, garantía o negociación de títulos valores, así como la compra para reventa, permuta, etc., de los mismos.
  7. Las operaciones bancarias, de bolsas, o de martillos.
  8. El corretaje, las agencias de negocios y la representación de firmas nacionales o extranjeras
  9. La explotación o prestación de servicios de puertos, muelles, puentes, vías y campos de aterrizaje.
  10. Las empresas de seguros y la actividad asegurado
  11. Las empresas de transporte de personas o de cosas, a título oneroso, cualesquiera que fueren la vía y el medio utilizados.
  12. Las empresas de fabricación, transformación, manufactura y circulación de bienes
  13. Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, espectáculos públicos y expendio de toda clase de bienes.
  14. Las empresas editoriales, litográficas, fotográficas, informativas o de propaganda y las demás destinadas a la prestación de servicios.
  15. Las empresas de obras o construcciones, reparaciones, montajes, instalaciones u ornamentaciones.
  16. Las empresas para el aprovechamiento y explotación mercantil de las fuerzas o recursos de la naturaleza.
  17. Las empresas promotoras de negocios y las de compra, venta, administración, custodia o circulación de toda clase de bienes.
  18. Las empresas de construcción, reparación, compra y venta de vehículos para el transporte por tierra, agua y aire, y sus accesorios.
  19. Los demás actos y contratos regulados por la ley mercantil.
EJEMPLO: Son empresas que legalmente están inscritas en el registro público de comercio y con ánimo de lucro.












Actos que no son mercantiles:


1. La adquisición de bienes con destino al consumo doméstico o al uso del adquirente, y la enajenación de los mismos o de los sobrantes.

2. La adquisición de bienes para producir obras artísticas y la enajenación de éstas por su autor.

3. Las adquisiciones hechas por funcionarios o empleados para fines de servicio público

4. Las enajenaciones que hagan directamente los agricultores o ganaderos de los frutos de sus cosechas o ganados, en su estado natural. Tampoco serán mercantiles las actividades de transformación de tales frutos que efectúen los agricultores o ganaderos, siempre y cuando que dicha transformación no constituya por sí misma una empresa.

5. La prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales.

EJEMPLO: son organizaciones no lucrativas como asociaciones y fundaciones.

























CLASIFICACIÓN DE EMPRESA








Diferencia entre negocio y empresa.

NEGOCIO: Es una forma de obtener dinero a cambio de brindar un servicio o bienes a otras personas como por ejemplo las señoras que arreglan las uñas a domicilio, ellas brindan un servicio en el cual ganan dinero con los conocimientos que ellas mismas obtuvieron.
EMPRESA: Es una entidad hecha para obtener dinero a cambio de realizar actividades de producción, comercialización o prestar un servicio a otras personas, por ejemplo: la misma señora que antes arreglaba las uñas a domicilio ahora por brindar este servicio continuamente pudo ahorrar y montar su propia boutique-spa en el que no solo arregla uñas si no que le dio el sustento para poder contratar personal  con otros conocimientos como masajes, tintes,  etc.
En conclusión para mí la diferencia entre empresa y negocio no es mucha ya que para poder construir una empresa fuerte, sólida y grande  tienes que empezar por un negocio pequeño, constante y con mucho esfuerzo.

DIAN Y RUT

DIAN
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la Dian se encarga de garantizar la seguridad fiscal del estado colombiano y la protección del orden publico económico nacional mediante el control y la administración al cumplimiento de las obligaciones tributarias aduaneras, cambiarias y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de legalidad, equidad y transparencia en las aduanas extranjeras y colombianas.

  Artículo 6° del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008

Son funciones de la Dirección General las siguientes:
1. Dirigir y administrar el ejercicio de las competencias y funciones asignadas a la Entidad en el artículo 3° del presente Decreto; que le correspondan de conformidad con el mismo;

2. Dirigir, ordenar, controlar y evaluar la ejecución y administración de los recursos físicos y financieros, así como la elaboración de los registros contables y financieros de la Entidad;
3. Administrar el recurso humano y de conocimiento, así como ejercer la facultad nominadora de los empleados públicos de la DIAN, establecer los horarios de la jornada laboral y definir la organización interna de sus áreas y dependencias;
4. Establecer políticas de control interno, diseñar e implementar su sistema y garantizar el desarrollo de sus elementos constitutivos;
5. Distribuir entre las diferentes dependencias las funciones y competencias que la ley le otorgue a la DIAN, cuando no estén asignadas expresamente a alguna de ellas;
6. Suscribir convenios y contratos y ordenar los gastos, pagos y traslados presupuesta les que requiera la DIAN, de acuerdo con las normas vigentes;
7. Definir, dirigir, coordinar y evaluar las actividades relacionadas con los impuestos nacionales, derechos de aduana y demás tributos al comercio exterior, en lo correspondiente a su gestión, recaudación, fiscalización, control, represión, penalización, liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción, así como controlar las obligaciones cambiarias derivadas de operaciones de importación y exportación de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, financiación en moneda extranjera de importaciones y exportaciones, y subfacturación y sobrefacturación de estas operaciones de competencia de la DIAN. Igualmente las atinentes a los Sistemas Especiales de Importación Exportación, Zonas Francas, Zonas Económicas Especiales de Exportación y las Sociedades de Comercialización Internacional;
8. Decidir sobre las solicitudes de declaratoria de existencia de las Zonas Francas;
9. Definir políticas para suscribir acuerdos y demás facilidades de pago y para el oportuno cumplimiento de las obligaciones derivadas de los mismos;
10. Disponer y ordenar la asignación de las mercancías decomisadas o declaradas en abandono a favor de la Nación;
11. Fijar la cuantía, reconocer y pagar las recompensas y participaciones en dinero o en especie por colaboración eficaz de terceros en el control al contrabando, evasión y corrupción;
12. Impartir instrucciones de carácter general en materia tributaria, aduanera, de comercio exterior y de control cambiario, en lo de competencia de la DIAN;
13. Participar en la definición de políticas en materia de tributos y de comercio exterior y en la preparación de los proyectos gubernamentales que tengan relación con dichas materias;
14. Presentar y sustentar el plan anual de choque contra la evasión y el contrabando ante la Comisión Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera;
15. Definir las políticas y autorizar los procedimientos, en materia de los procesos sobre penalización tributaria y aduanera, así como en lo relacionado con el traslado de los expedientes a la autoridad competente;
16. Definir las políticas, autorizar los procedimientos y suscribir los Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia, de conformidad con lo previsto en el Estatuto Tributario;
17. Autorizar la supervisión de visitas a contribuyentes, responsables, agentes retenedores y declarantes, así como a los importadores y exportadores de bienes y servicios, a los transportadores, depósitos habilitados o autorizados, sociedades de intermediación aduanera, usuarios aduaneros permanentes, sociedades de certificación, consolidado res de carga nacional o internacional y en general a los organismos auxiliares de la función aduanera, con el fin de verificar la consistencia y calidad de las investigaciones y verificaciones practicadas por la Entidad;
18. Disponer la suspensión de términos en los procesos administrativos en curso, cuando las circunstancias lo exijan, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes;
19. Dirimir conflictos de competencia que se susciten entre las Direcciones del Nivel Central y Direcciones Seccionales de la Entidad;
20. Organizar y establecer los trámites necesarios para la realización de las rifas, sorteos y concursos del premio fiscal;
21. Autorizar a las entidades financieras la recaudación de los tributos administrados por la Entidad y suscribir los convenios a que haya lugar;
22. Impartir instrucciones de carácter general sobre aspectos referentes a la planeación, dirección, organización, supervisión, control, información y comunicación institucional;
23. Determinar la jurisdicción y organizar funcionalmente las Direcciones Seccionales;
24. Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de inteligencia adelantadas para la prevención y represión de la evasión, el contrabando y la corrupción administrativa en la Entidad;
25. Dirigir y coordinar la definición de las políticas, metodologías mecanismos y actividades inherentes a las comunicaciones y relaciones corporativas de la DIAN;
26. Promover con entidades internacionales o gobiernos extranjeros, el intercambio de expertos, estudios, cooperación financiera no reembolsable, donaciones, becas, pasantías, seminarios, cursos y talleres en materias de competencia de la DIAN;
27. Autorizar el intercambio de información entre las Direcciones Seccionales y entidades públicas y privadas, de acuerdo con las normas vigentes;
28. Coordinar las actividades de carácter internacional en las que participe la Entidad;
29. Ejercer las funciones de superior técnico y jerárquico de la DIAN y de superior jerárquico administrativo inmediato de las Direcciones y de las Direcciones Seccionales;
30. Establecer políticas e instrucciones generales en materia del régimen disciplinario y garantizar el desarrollo de actividades tendientes a prevenir y reprimir la corrupción administrativa en la DIAN;
31. Establecer las políticas en relación con el manejo de los grandes, pequeños y medianos contribuyentes, así como de su registro, control, supresión y seguimiento;
32. Crear los Comités necesarios para orientar, asesorar, definir y decidir los criterios de carácter técnico que se requieran para el debido ejercicio de las funciones tributarias, aduaneras, cambiarías y administrativas, así como señalar sus integrantes y funciones;
33. Las demás que le asigne la ley.


¿Qué es el RUT y para qué sirve?

Registro Único Tributario.

Es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto de renta, los responsables del régimen común, los pertenecientes al régimen simplificado, los agentes retenedores, los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros.

¿Cuáles son las Responsabilidades tributarias en el momento de inscribir una empresa.

Contar con el RUT le permite:

  1. Que terceros con quienes usted sostenga una relación comercial, laboral o económica identifiquen su  actividad económica registrada en el RUT.
  2. Acreditar e identificar la actividad económica ante terceros con quienes sostenga una relación comercial, laboral o económica en general.
  3. Identificar y reconocer sus obligaciones Tributarias Aduaneras y Cambiarías TAC frente al Estado Colombiano.
  4. Realizar los trámites relacionados con el cumplimiento de las obligaciones TAC a través de los servicios en línea y presenciales que le ofrece la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.